Sin sustento las amenazas de la industria de alimentos y bebidas sobre el uso de acuerdos internacionales para combatir el etiquetado frontal de advertencia
- Las grandes corporaciones de alimentos y bebidas intentan contrarrestar políticas de prevención contra la obesidad como el etiquetado frontal de advertencia en México, argumentando falsamente que violan acuerdos internacionales de comercio y propiedad intelectual.
- Expertos internacionales en materia legal analizan estos argumentos y declaran que no tienen sustento.
- Es vital reconocer que México tiene el derecho soberano de implementar un etiquetado frontal de advertencia para garantizar la salud de su población.
11 agosto, 2020. La industria de alimentos y bebidas utiliza acuerdos internacionales para argumentar en contra de políticas públicas que no están alineadas con sus intereses comerciales.
Recientemente, han utilizado esta táctica para intentar bloquear, retrasar y diluir la implementación de etiquetados frontales de advertencia en varios países de la región de América Latina, incluyendo México.
Durante el Foro: “Amenazas sin sustento de la industria de “comida chatarra” contra el etiquetado frontal de advertencia relacionadas a acuerdos internacionales”, expertos internacionales y nacionales en materia legal, expusieron las limitaciones de estas estrategias de la industria y sostienen que México no debe sentirse presionado por estos argumentos que carecen de fundamento.
El doctor Eric Crosbie, científico político y profesor asistente de la University of Nevada Reno, presentó los hallazgos de su artículo “Amenazas vacías: Uso de acuerdos internacionales por las empresas transnacionales de alimentos y bebidas para combatir el etiquetado frontal de los alimentos en México y más allá”, publicado en The International Journal of Health Policy and Management,1 donde describe y analiza varias amenazas de acción legal por parte de la industria de alimentos y bebidas.
El doctor Crosbie ejemplificó cómo la industria suele amenazar con demandar por violaciones al comercio ante la Organización Mundial del Comercio (OMC), argumentando que el etiquetado frontal de advertencia aprobado en México crea un obstáculo innecesario al comercio.
El artículo también explica que esta es una táctica simple para retrasar una política y de hecho la industria ha utilizado el mismo argumento contra los etiquetados de Chile, Perú, Ecuador y Uruguay.
No obstante, estos países avanzaron con su etiquetado porque el propio Acuerdo de Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC) de la OMC reconoce que cada país tiene el derecho de tomar medidas para proteger la salud de su población, incluso si restringen el comercio.
Asimismo, las grandes corporaciones de alimentos y bebidas objetan que el etiquetado frontal en México es una violación de derechos de propiedad intelectual dado que prohíbe el uso de personajes y mascotas.
El mismo argumento lo utilizaron contra el etiquetado de Chile, al igual que la industria tabacalera ha usado argumentos análogos sin sustento.
La ley de marcas protege al propietario de que otros puedan utilizar su marca, sin embargo no le otorga el derecho de usarla en cualquier contexto.
El artículo además detalla otros argumentos que utiliza la industria, en donde citan directrices del Codex Alimentarius (Normas internacionales de alimentos) y el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) / El Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (TMEC) y explica porqué estos argumentos no son fundamentados y enfatiza que es más fácil para las industrias amenazar con acciones legales internacionales, que entrar en una batalla legal costosa que muy probablemente van a perder.
El doctor Crosbie declaró: “Las compañías transnacionales de alimentos y bebidas están amenazando al gobierno mexicano con posibles acciones legales internacionales para retrasar el etiquetado frontal de advertencia en México y en toda la región. México tiene el derecho soberano de implementar este etiquetado por razones de salud pública, a pesar de las amenazas legales internacionales de las compañías transnacionales de alimentos y bebidas. Otros países de la región, deberían seguir el ejemplo de México e implementar etiquetados similares sin demoras innecesarias inspiradas por la industria.”
Por su parte, la doctora Pepita Barlow, profesora asistente en Políticas de Salud en la London School of Economics and Political Science (LSE), ha realizado un análisis de las amenazas legales basadas en acuerdos comerciales presentadas ante la OMC, en contra de políticas públicas relacionadas a la prevención de enfermedades crónicas desde 1995-2016.2 Su investigación evidencia que en muchos casos la industria de alimentos y bebidas se encuentra detrás de estas amenazas legales.
También destaca que entre 93 amenazas encontradas, la evidencia sugiere que sólo cuatro han contribuido a algún cambio o retraso en la regulación. Además, de todas éstas sólo una presentada ante la OMC se convirtió en una disputa de comercio formal.
Su investigación resalta la posibilidad de que las amenazas legales sean realizadas ante este organismo, para delimitar el espacio del desarrollo de políticas públicas para enfrentar a las enfermedades crónicas y para crear el efecto de “enfriar” el avance de estas políticas. Este efecto se da cuando un gobierno retrasa o abandona una política temiendo los costos potenciales asociados con una disputa de comercio.
La doctora Barlow declaró que: “La Organización Mundial del Comercio (OMC) ha sido utilizada ampliamente para desafiar y retrasar políticas innovadoras sobre el etiquetado frontal nutrimental. Es posible que México enfrente tal resistencia en la OMC por parte de sus socios comerciales, incluido Estados Unidos. Es posible que estas amenazas legales ante la OMC ni siquiera sean válidas, pero de todos modos podrían utilizarse para debilitar la eficacia de la legislación actual o incluso intentar retrasar su implementación si México no reconoce las afirmaciones falsas y cede a esta presión de la OMC. La experiencia de México en respuesta a la presión de la OMC y la implementación de la medida, proporcionará lecciones importantes a los países de todo el mundo que actualmente están considerando propuestas de etiquetado frontal nutrimental”.
En su intervención, la doctora Gabriela Rodríguez Huerta, del Departamento de Derecho del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM), resaltó la importancia de que México defienda el interés superior de la niñez y el derecho a la salud por encima de los derechos de propiedad industrial.
Subrayó que “el derecho internacional es un sólo sistema y en él existen tanto normas que protegen a la infancia como normas que protegen la propiedad intelectual y el comercio. Siempre es posible hacer una ponderación de derechos y hablar de un interés legítimo para limitar ciertos derechos. No hay derechos absolutos, todos están sujetos a ciertas restricciones y pueden ser limitados de forma legítima y legal. Los derechos humanos, entre ellos, el interés superior de la infancia son un parámetro normativo que establece obligaciones concretas a los Estados, medidas legislativas, preventivas y de política pública para proteger los derechos de la infancia a la salud y la vida”.
Por lo tanto, es clave que México siga avanzando con la implementación del etiquetado frontal de advertencia, el cual está basado en evidencia científica y tiene el objetivo legítimo de proteger la salud de los mexicanos, especialmente la de niñas y niños.
En contraste, los argumentos de la industria tienen el objetivo de presionar a México para retrasar o diluir la política pública en materia de etiquetado y así disuadir a otros países de implementarla, sin embargo los argumentos expuestos por la industria de alimentos y bebidas no han tenido éxito en el pasado, ya que carecen de todo sustento.
El estudio “Amenazas vacías: Uso de acuerdos internacionales por las empresas transnacionales de alimentos y bebidas para combatir el etiquetado frontal de los alimentos en México y más allá” puede ser consultado en español aquí: https://www.ijhpm.com/data/ijhpm/news/Crosbie-Supple-File-1-IJHPM.pdf
Y en inglés: https://www.ijhpm.com/article_3885_d1672fc77b2466a561f03a07ff103462.pdf
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1 Crosbie E, Carriedo A, Schmidt L. Hollow Threats: Transnational Food and Beverage Companies’ Use of International Agreements to Fight Front-of-Pack Nutrition Labeling in Mexico And Beyond, International Journal of Health Policy and Management, 2020 https://www.ijhpm.com/article_3885_d1672fc77b2466a561f03a07ff103462.pdf (en inglés) https://www.ijhpm.com/data/ijhpm/news/Crosbie-Supple-File-1-IJHPM.pdf (en español).
2 Barlow P, Labonte R, McKee M, Stuckler D. Trade Challenges at the World Trade Organization to national noncommunicable disease prevention policies: A thematic document analysis of trade and health policy space. PLoS Medicine, 15(6): e1002590.
Descarga de archivos
Presentación Dra. Barlow > descargar (PDF, 7 Mb)
Presentación Dra. Rodríguez > descargar (PDF, 1 Mb)
Presentación Dr. Crosbie > descargar (PDF, 9 Mb)
Artículo Dr. Crosbie (en español) > descargar (PDF, 296 kb)
Boletín de prensa > descargar (PDF, 183 Kb)
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