Tras cinco años del etiquetado frontal de advertencia, se presenta evidencia sólida del impacto positivo a la salud de la población y la garantía de protección a los derechos humanos

Banner con ilustración de productos etiquetados frontales de advertencia y la leyenda Foro Etiquetado frontal de advertencia: 5 años protegiendo la salud pública y los derechos humanos

11 marzo, 2025. Con motivo de los cinco años de implementación del etiquetado frontal de advertencia (EFA) en México, instituciones académicas y organizaciones sociales llevamos a cabo el foro titulado «Etiquetado frontal de advertencia: 5 años protegiendo la salud pública y los derechos humanos”, un espacio que reunió a expertos en salud pública, derechos humanos y políticas públicas, para dar a conocer los resultados de esta importante medida adoptada en 2020. Dicho foro ofreció un espacio para reflexionar sobre los logros alcanzados y los retos que aún persisten.

El foro contó con la participación de figuras clave en el desarrollo e implementación de esta política pública, así como actores internacionales.

En su intervención inaugural, el relator especial sobre Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el doctor Javier Palummo Lantes, destacó que “la experiencia de México no es aislada, varios países de la región han trabajado para proteger los derechos humanos a la alimentación y a la salud. El etiquetado frontal de advertencia es un paso fundamental en la aplicación de estándares interamericanos y que esperamos puedan dar lugar a una profundización de nuevas iniciativas y la promoción de casos en el marco del sistema interamericano de protección de derechos humanos”.

Afirmó que, más allá de ser un simple mecanismo de salud pública, el EFA es una medida que se inscribe en el marco de la protección de los derechos humanos a la salud y la alimentación adecuada.

Resultados tangibles en salud pública y derechos humanos

La primera mesa del foro, moderada por la doctora Gabriela Rodríguez, del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM), se centró en mencionar las causas para adoptar este etiquetado y los desafíos que se tuvieron a lo largo de su implementación.

Durante esta sesión, los ponentes profundizaron en el proceso de creación y consolidación de esta política, destacando el papel fundamental de la NOM-051 en los últimos cinco años.

El doctor Simón Barquera, director del Centro de Investigación en Nutrición y Salud del Instituto Nacional de Salud Pública (CINyS–INSP), compartió los principales avances en términos de salud pública, señalando que “luego de la aplicación del etiquetado frontal de advertencia, se ha comprobado una reducción del consumo de calorías por menor consumo de azúcares en bebidas y diversos alimentos, así como una baja en el consumo de grasas, cambio que traerán resultados muy positivos en los próximos años”.

Por su parte, la maestra Ariadna Tovar Ramírez, investigadora del Instituto O’Neill, subrayó que “los Estados tienen la obligación explícita de defender el derecho a la salud, incluyendo el fomento de los factores que benefician a las personas, así como la modificación de los determinantes que facilitan la enfermedad. Una vez que un Estado ha logrado un nivel de derecho, no puede retroceder, una modificación en la regulación tiene que ser para reforzar el derecho de las personas”.

Uno de los temas centrales fueron las sentencias de tres amparos por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que se resolvieron en 2024. En estos, empresas como Santa Clara y Herdez buscaron evadir la aplicación del EFA mediante un amparo. Sin embargo, la SCJN confirmó que esta medida no sólo era acorde a la Constitución, sino que se trataba de una herramienta que protegía los derechos a la salud, alimentación e información de las personas consumidoras.

En este punto, el maestro Jozue Romero, secretario de Estudio y Cuenta de la SCJN, resaltó que “el Estado debe de velar el interés superior del menor y proteger todos los procesos para llegar a adulto. La NOM-051 nace para proteger a las personas, desde su nacimiento, contra riesgos de salud como obesidad o hipertensión. La norma está dirigida a todos, pero tiene un gran peso en cuanto al papel que juega en la vida de las niñas y niños en México”.

En la segunda mesa, la doctora Alejandra Contreras, del CINyS–INSP, presentó datos que evidencian los avances en la reducción del consumo de productos con altos niveles de azúcar, grasas y sodio, elementos clave para combatir la obesidad y enfermedades crónicas asociadas. “La industria tiene una voracidad enorme para que sus ingresos sigan creciendo, sin importar que sea a costa de la salud de las y los consumidores, en especial de las infancias. Tienen tiene todos los recursos para alimentar de manera saludable a la población, pero les sale más barato seguir usando ingredientes no saludables”, comparte.

Por otro lado, la doctora Sofía Charvel, del ITAM, señaló que “la enfermedad, de la mano del conflicto de interés está ganando la batalla. Nos hemos tardado demasiado en atender las enfermedades crónicas no transmisibles, por lo que debemos defender el etiquetado, así como implementar otras políticas que pueden abonar a su solución”.

Mientras que el maestro Javier Zúñiga, del área Legal de El Poder del Consumidor, mencionó que “si bien las empresas presentaron recursos de amparo diciendo que el etiquetado frontal de advertencia violentaba sus derechos, no contaban con que todos los casos que llegaron a la Corte permitieron que se reafirmara el interés, desde la colectividad, de defender el etiquetado como una herramienta de aplicación de los derechos humanos”.

Al cierre del evento, se reiteró que el etiquetado frontal de advertencia no sólo es una herramienta informativa para los consumidores, sino una política pública robusta que promueve la transparencia y protege derechos fundamentales de la población, como la salud y la alimentación adecuada.

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