Urge modificar el etiquetado nutrimental mexicano por uno que beneficie a toda la población, incluidos niños y niñas

  • La ENSANUT MC 2016 indica que sólo el 13.8% de la población percibe el etiqueto nutrimental GDA como “muy comprensible”, cuando debería ser cerca del 100%.
  • El etiquetado de sellos de advertencia fomenta la equidad porque es entendible por niñas y niños.
  • Este etiquetado de advertencia logra su fin último que es desincentivar el consumo de productos ultraprocesados con altos contenidos de azúcar, grasas y/o sal.

5 julio 2017. A 3 años de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y 2 años de su implementación está más que demostrado que el etiquetado nutrimental frontal de alimentos y bebidas no está funcionando.

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición de Medio Camino (ENSANUT MC) 2016, el 83.5% de los encuestados no conocen la cantidad de calorías que requiere una persona sana de su misma edad y sexo, parámetro de base para el entendimiento del etiquetado. La cifra aumenta a 89.3% cuando se les pregunta la cantidad de calorías que requiere un niño entre 10 y 12 años.

La misma encuesta indica que tan solo el 13.8% de la población opina que el etiquetado mexicano es “muy comprensible”, cuando la intención de esta herramienta es que sea muy comprensible para la mayoría de la población.

El Poder del Consumidor realizó un sondeo con adultos en el que una vez más se demuestra que el etiquetado tipo GDA mexicano no es comprensible ni siquiera por la población adulta urbana y que por ende no cumple con su objetivo de desincentivar el consumo de alimentos ultraprocesados altos en calorías, azúcares, grasas saturadas y sodio.



Para que el etiquetado sea una medida realmente efectiva, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) recomienda a los países de la región implementar un “etiquetado al frente del envase que promueva las elecciones saludables al permitir identificar los alimentos de alto contenido calórico y bajo valor nutricional de manera rápida y sencilla”.

El etiquetado GDA implementado en 2014 por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) no cumple con estos criterios y por ende no logra cumplir con el objetivo entre la población mexicana, mucho menos entre la población infantil.

Además, un elemento grave de este etiquetado es que engaña a la población al utilizar un valor de referencia de azúcar de 90 gramos, cuando lo recomendado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) son 50 gramos.

En contraste, Chile es un ejemplo no solamente para el etiquetado nutrimental sino de política integral en favor de la salud alimentaria.

El 27 de junio 2016 entró en vigor la “Ley de alimentos” que obliga a que se advierta a través de sellos negros colocados en forma visible si un producto es alto en calorías, azúcares, grasas saturadas y/o sodio.

A 1 año de su implementación, la medida tiene un importante apoyo social. Por ejemplo, de acuerdo con una encuesta, el 95% de las madres de preescolares y de los adolescentes están de acuerdo con que el Ministerio de Salud indique cuáles son los alimentos no saludables.



Respecto a la comprensión, el 91% de las madres de preescolares y el 81% de los adolescentes chilenos asocian la presencia de logos en los alimentos con que sean poco saludables, especialmente si concentran mayor número de logos de advertencias.

También algunos fabricantes han reformulado sus productos disminuyendo las cantidades de azúcares, grasas saturadas y sodio.

Hay que recordar que esta medida está acompañada de la restricción de publicidad a menores de 14 años y del uso de personajes en productos que portan sellos, así como su venta en las escuelas, generando un círculo virtuoso que ha permitido modificar la norma social en el país.

Fiorella Espinosa, investigadora en Salud Alimentaria de la organización El Poder del Consumidor, comentó: “En Chile el proceso de diseño, implementación y evaluación de la política ha sido muy diferente al de México. Actualmente, el Ministerio de Salud chileno, en conjunto con la academia, está evaluando los componentes de la ley, lo que permitirá conocer su impacto a 3 años de implementación y lo hará en diversos ámbitos como el contenido nutrimental de los productos, las compras, los conocimientos y percepciones de la población. En cambio, en México, el gobierno omitió la conformación de un grupo de expertos para el diseño de la política y hace alianza con la industria de alimentos y bebidas, promoviendo una campaña como ‘Checa y elige’ que únicamente confunde y engaña al consumidor”.

El Poder del Consumidor realizó un ejercicio de reconocimiento y uso de un etiquetado de advertencia como el utilizado en Chile en niñas y niños de entre 6 y 8 años, mostrando alto grado de comprensión y utilización.

De ser adoptado este tipo de etiquetado nutrimental en México podría generar un impacto importante en la percepción, selección y consumo de alimentos y bebidas por parte de este grupo poblacional, uno de los más vulnerables ante la epidemia de sobrepeso y obesidad que vive el país.

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Obesidad 2016 coordinada por la Alianza por la Salud Alimentaria —de la que El Poder del Consumidor es parte—, el 93% de la población mexicana desea un etiquetado nutrimental que le dé información clara, que señale el nivel de azúcar añadida y que advierta el exceso de ésta en los productos que contengan una cantidad mayor al límite recomendado.

Alejandro Calvillo, director de El Poder del Consumidor, declaró: “Actualmente estamos en espera de la resolución del caso de amparo por inconstitucionalidad del etiquetado en tribunales, debido a que las autoridades presentaron recursos de revisión, pero esperamos que en favor de la salud pública. Es urgente modificar el actual etiquetado que, como ya hemos demostrado, lejos de informar engaña a los consumidores.”

Al mismo tiempo, El Poder del Consumidor comentó que esperan de parte de la Secretaría de Salud el cumplimiento de los acuerdos de la mesa de obesidad de Gobierno Abierto, consistentes en la modificación del etiquetado frontal y el establecimiento de los procedimientos para evitar el conflicto de interés en el diseño y evaluación de la política.

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