COFEMER argumenta a favor de la chatarra

Acepta regularla pero adopta argumentos de las empresas

El pasado 22 de julio de 2010, la Comisión Federal de Reforma Regulatoria (Cofemer) dio a conocer públicamente el dictamen preliminar sobre el anteproyecto de regulación para la venta de alimentos en escuelas de educación básica. La Cofemer justifica totalmente el objetivo de enfrentar los altos índices de sobrepeso y obesidad a través de regulaciones como la mencionada, sin embargo, en las recomendaciones que realiza a la SEP se convierte en vocera de los argumentos empresariales sugiriendo modificar las partes sustanciales de la regulación propuesta, lo que la convertiría en una propuesta que no traería ningún beneficio a la salud de la infancia, sino lo contrario.

Hace dos semanas, en Brasil, la agencia responsable de la regulación de la industria alimentaria, ANVISA, expidió una ley para obligar a toda la publicidad de alimentos con altos contenidos de azúcar, grasas y sal, a presentar una leyenda que advierta sobre los riesgos que representan estos productos para la salud; Además, el pasado miércoles el Ministerio de Salud de España anunció un plan nacional, acordado con todas las comunidades autónomas, para retirar los alimentos y bebidas con altos contenidos calóricos de las escuelas; en México, la COFEMER presenta un dictamen que, retomando los argumentos de las empresas, pide a la SEP y la SS ajustar su propuesta de regulación de alimentos y bebidas en las escuelas para dejarla sin sentido.

El dictamen preliminar que ha sido entregado a la SEP y SS, será respondido por estas dependencias en un tiempo no establecido pero que se considera será breve. En el momento que lo reciba la COFEMER tendrá 5 días para redactar su dictamen final, el que pasará a ser publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Puntos a destacar

La base científica que presenta la SS y la SEP para exponer la gravedad del problema que la epidemia de sobrepeso y obesidad representa para el país, para el sistema de salud pública y para las propias familias, así como la necesidad de enfrentarlo a través de políticas públicas, no es cuestionada por la COFEMER . Aunque la COFEMER aborda el tema de los costos económicos que puede representar para las empresas la regulación, no parece ser su principal preocupación, ya que reconoce los costos en salud que significa este problema e incluso sugiere a SEP y SS incorporen a los costos públicos, los costos privados. Sorprendentemente, la COFEMER recomienda sobre aspectos técnicos que no domina siguiendo las posiciones empresariales.

Las bebidas. El problema con las recomendaciones de la COFEMER es con las medidas específicas que establece la regulación propuesta y que responden a los cuestionamientos enviados por las empresas, que son insostenibles. Como es bien sabido, en este ciclo escolar, lo que realmente se retirarán son los refrescos, los jugos, las leches enteras, es decir, las bebidas con alto contenido calórico.

La COFEMER retoma el argumento de empresas como la industria de refrescos, jugos y bebidas lácteas que argumentan que los jugos, néctares, yogures, leches saborizadas o enteras son alimentos, por lo que no deben considerarse como bebidas. Por otro lado, argumentan a favor de la comercialización en las escuelas de las bebidas light.

Al respecto, El Poder del Consumidor presentó comentarios que no fueron retomados por la COFEMER en su dictamen, no así los de la industria. En el anexo 1 presentamos en detalle observaciones técnicas en contra de las recomendaciones de COFEMER, mismas que resumimos a continuación:

1.Los jugos, al deshacerse de la fibra del fruto y concentrar una gran cantidad de fruta en una reducida cantidad de liquido, acumulan una alta concentración de calorías que al ser ingeridas generan un fuerte golpe glicémico , similar al de la azúcar refinada, por lo cual es acertada la propuesta de la SSa-SEP de que sólo se puedan vender pequeñas cantidades de jugos.
2.Los jugos industrializados en México son elaborados, en su mayoría, a partir de “concentrados de fruta” que en el proceso han perdido gran parte de los micronutrientes de la fruta. En la guía dietaria de los EUA se considera a los concentrados de fruta dentro de la lista de ingredientes calificados como azúcares añadidos, por lo que no deben entrar en las escuelas.
3.Los néctares en México no cuentan con una norma que los regule. Por definición son jugos adulterados con altas concentraciones de azúcar, saborizantes, colorantes y espesantes. Contienen la misma cantidad de azúcar que un refresco (5 cucharadas por vaso).
4.Las empresas lecheras argumentan en contra de una regulación para la venta de leche descremada. Lo hacen porque saben de la adicción de los niños a la leche con altas cantidades de azúcar y saborizantes. A menos de que se sufra de desnutrición, no se recomienda beber leche entera después de los tres años de edad.
5.La COFEMER dice no ver argumento para no permitir la venta de bebidas light ,ya que no contienen calorías o son muy bajas. El Ministerio de Salud de España ha establecido que no se vendan bebidas light o con contenido de cafeína en las escuelas. La razón es obvia: no se quiere inducir a los niños al consumo de edulcorantes calóricos artificiales sobre los que existen aún dudas, a pesar de que hayan sido autorizados nacional e internacionalmente. Además, los estudios científicos demuestran que las bebidas light mantienen el gusto por las bebidas y alimentos endulzados, una de las causas del sobrepeso y la obesidad.

La densidad calórica. La COFEMER retoma de una asociación civil, de manera inexplicable, un cuestionamiento insostenible al uso de un doble criterio en materia de densidad calórica de los productos. Más allá del cuestionamiento que hemos realizado, en conjunto con especialistas del Instituto Nacional de la Nutrición y del Centro de Orientación Alimentaria, sobre lo altamente permisiva que es la densidad calórica establecida en los lineamientos y que permitirá la permanencia de la mayor parte de la comida chatarra (no de las bebidas) en el siguiente ciclo escolar, reconocemos la necesidad de mantener este doble criterio por su complementariedad.

La COFEMER, haciendo una mala interpretación de los lineamientos, argumenta que el establecer una densidad calórica de 450 kilocalorías por 100 gramos y después una por paquete de 140 kilocalorías, puede llevar a confusiones. El principio es básico y habrá que explicarlo a la COFEMER: el producto que no cumpla con cualquiera de estos criterios no podrá entrar a los planteles escolares. Este doble criterio tiene que establecerse ya que si no es así se podrían vender porciones de azúcar que no rebasaran las 150 kilocalorías (esto lo impide la densidad que por 100 gramos tiene la azúcar) o que se pudieran vender porciones muy grandes, por ejemplo, en este caso en que la densidad es muy alta, de donas Bimbo gigantes (esto lo impide las calorías por paquete). Llama la atención que la COFEMER cuestione este doble criterio que es fundamental en la regulación, a partir de un comentario que es insostenible técnicamente.

Los plazos de implementación. La COFEMER, a pesar de que en la primera parte de su dictamen preliminar reconoce la necesidad de esta regulación y de que se implemente de manera inmediata, al final recomienda que se den plazos y sea más gradual. Contrasta esta actitud en el país que presenta el mayor índice de sobrepeso y obesidad infantil en el mundo con la firmeza con las que estas medidas y similares se han implementado en España, Reino Unido, Noruega, Suecia, diversos estados de la Unión Americana, Ecuador, Brasil, etc.

Anexo 1
Jugos y néctares

Riesgos de origen de los jugos
Los jugos concentran las calorías de la fruta liberándolas de la fibra. Un niño puede comer una pera, difícilmente se comerá dos peras y media. Sin embargo, en un vaso de jugo podrá beberse las calorías presentes en 2 peras y media, alrededor de 145 calorías. Las calorías que ingiere comiendo una pera tienen un índice glicémico bajo frente al índice glicémico alto del jugo, en el primer caso, la fibra de la fruta provoca que las calorías se liberen lentamente, en el caso del jugo, las calorías son liberadas de golpe lo que obliga al páncreas a generar una fuerte descarga de insulina. Fuertes descargas de insulina, como las que generan las bebidas azucaradas, las harinas refinadas y los jugos, de manera regular aumentan el riesgo de síndrome metabólico. Otro elemento importante a considerar es que las calorías ingeridas a través de bebidas no generan ninguna sensación de saciedad, lo que si ocurre cuando se consume la fruta. Es así que se reconoce que la ingesta de calorías a través de las bebidas representa un riesgo que en el caso de México es alto ya que somos el país con la mayor ingesta de calorías a través de bebidas. Por lo anterior, se recomienda que la ingesta de jugos sea únicamente en pequeñas cantidades.

Jugos de concentrados
En la ciudad de Nueva York el Consejo de Educación decidió sacar las bebidas altas en calorías. Sin embargo, permitió la venta de jugos de la marca Snapple en las 1,200 escuelas públicas. El jugo estaba elaborado en base a concentrados de fruta. Este es el caso de la mayor parte de los jugos comercializados en México, son elaborados a partir de concentrados de fruta. Para hacer el concentrado se procesa el jugo hasta que queda básicamente el azúcar con el sabor a fruta. De hecho, los “concentrados de fruta”, de acuerdo a las guías dietéticas de los Estados Unidos, son azúcares. Los concentrados de fruta aparecen en la lista de ingredientes que son considerados como azúcares añadidos. Un jugo elaborado a partir de concentrado puede tener 170 calorías en 340 mililitros, más azúcar de la que tiene un refresco, más de 40 gramos de azúcar. En solamente una lata de jugo, los niños ingieren más del límite máximo recomendado de azúcar para todo un día. En realidad se trata de un dulce líquido. Significa ingerir decenas de gramos de azúcar de golpe sin los efectos de regulación de la fibra. Con ello se aumentan los niveles de azúcar en la sangre muy por encima de lo recomendable, se adicionan calorías innecesarias al organismo y se provoca el aumento de peso corporal.

Néctares
En México no existe una norma que regule los néctares que se comercializan en el país como si existe en el Codex Alimentario y en la mayor parte de las naciones de la OCDE. Recientemente se estableció una norma de jugos, sin embargo, de manera sorprendente no incluyó a los néctares. De esta manera, el consumidor mexicano, los padres de familia y los propios niños no saben el porcentaje de jugo que hay en estos productos. La industria se ha opuesto a una regulación de los néctares porque pretende mantener el engaño en que se encuentran los consumidores. Los consumidores mexicanos piensan que los néctares son 100% jugos y más concentrados. Por definición los néctares son bebidas elaborados con más de un 50% de agua, azúcares, saborizantes y colorantes. El porcentaje de jugo en los néctares en otros países donde existe regulación va del 10-14% al 40%. En México no hay información al respecto.

El 18 de agosto del 2009 dimos a conocer que la autoridad estadounidense obligo a la empresa Del Valle, propiedad de Coca Cola, a re-etiquetar los néctares que estaba exportando a ese país. El análisis que realizamos da cuenta de la composición de los néctares.

Es el caso del néctar de mango comercializado en México y en Estados Unidos. Del Valle afirmaba que esta bebida contenía 30% de jugo de mango y 146% del requerimiento diario de vitamina C, pero la etiqueta corregida admite que contiene únicamente el 19% de jugo y sólo el 10% del requerimiento diario de vitamina C. Lo mismo ocurre con los datos acerca del contenido de sodio: antes informaba la presencia de 5 mg, en la información corregida son 10 mg. En proteína, sostenía incluir 1 gramo, pero en la información corregida aparece 0 gramos.

Las diferencias son aún mayores en los casos de otros néctares. En el de durazno se aseguraba que contenía 40% de jugo y en la etiqueta corregida se reconoce que el jugo sólo representa el 18% del producto; en el caso del néctar de fresa, Del valle sostenía incluir 40% de jugo y en la etiqueta corregida admite que sólo contiene 14% de jugo. (Ver imágenes aquí)

Porcentaje de jugo en Néctares Del Valle (TABLA)

Conclusiones

La naturaleza de los jugos – la perdida de la fibra de la fruta y la alta concentración de calorías en una bebida que no provoca saciedad – obliga a establecer, como lo hacen los lineamientos, que su consumo sea en pequeñas cantidades y de jugo 100% natural. Debe prohibirse la venta de jugos elaborados a partir de concentrados por tratarse de bebidas en base a un ingrediente cuyo proceso lo ha convertido en el equivalente a azúcar. Debe prohibirse la venta de los néctares por su propia composición (agua, alta concentración de azúcares, saborizantes y colorantes) y por no contar con una normatividad que garantice la calidad de su composición. En su impacto sobre el índice glicémico no hay ninguna diferencia con los refrescos.

ANEXO 2
Riesgo de edulcorantes no calóricos para los niños

Existe una gran controversia sobre la seguridad a mediano y largo plazo con el consumo de edulcorantes no calóricos. La realidad es que existen pocos datos contundentes acerca del tema. Existen cientos de estudios que declaran que no son recomendables, así como cientos de otros estudios que argumentan en sentido contrario. Se ha demostrado con los hechos, que algunos edulcorantes no calóricos que entraron al mercado eran riesgosos, fueron retirados y reemplazados por una nueva generación de edulcorantes, siguiendo un ciclo de entrada y salida del mercado. Para evaluar la propuesta que hacen las empresas para que la COFEMER sugiera a la SEP dar entrada a los productos con edulcorantes no calóricos a las escuelas, en sentido contrario a los lineamientos, es necesario considerar los siguientes aspectos:

a.El consumo de edulcorantes no calóricos provocan el gusto por los productos endulzados. Un gusto que no debe promoverse entre los menores. Un individuo con fuerte inclinación al gusto por las bebidas y alimentos endulzados será muy propenso a la obesidad y sus consecuencias en la salud, como la diabetes. Una buena orientación nutricional debe hacerse sin generar este gusto.
b.La introducción en el mercado de varios edulcorantes se ha realizado asegurándose, por parte de la autoridad, de que son seguros. Varios de ellos han sido retirados del mercado después de que estudios independientes, no de la autoridad, han demostrado efectos adversos.
c.La vida que los edulcorantes que se comercializan tienen en el mercado no es suficiente para poder asegurar que no representan un riesgo para la salud.
d.Ante la incertidumbre sobre los riesgos o inocuidad de los edulcorantes no calóricos debe ejercerse el principio precautorio, en especial para el caso de sectores vulnerables como los niños.

Hechos a considerar:

1.Varios de los edulcorantes que han sido aprobados por la Food and Drug Administration de los Estados Unidos lo fueron después de varios años y tras fuertes presiones políticas. Estos hechos han quedado demostrados a través de documentos internos de la propia FDA obtenidos gracias al Acta de Libertad de Información. Este es el caso del Aspartame, cuya aprobación llevó varios años, atravesada por escándalos y hasta investigaciones criminales requeridas por la FDA de la empresa Searle, promotora de su aprobación. La aprobación del aspartame se resolvió con la entrada a la empresa Searle de un alto político, con grandes influencias, como su director ejecutivo, Donald Rumsfeld. Con la entrada a la presidencia de los Estados Unidos de Ronald Reagan, amigo de Rumsfeld, el nuevo presidente quitó poderes a la FDA y nombró otro comisionado para esa agencia. El nuevo comisionado realizó los cambios necesarios en el comité de evaluación del Aspartame y este edulcorante fue aprobado. El nuevo comisionado, el Dr. Hayes, al terminar su mandato en la FDA entró como asesor científico de Searle ganando mil dólares al día.(Dr. Joseph Mercola, “Sweet Deception”, Nelson Books, USA. 2006. Pp:19-35). Se presenta esta narración ante la COFEMER para que se entienda que los procesos de aprobación de estos productos en la FDA han estado marcados de controversias y escándalos, de tal manera que no son siempre transparentes y guiados por el interés público.
2.Algunos edulcorantes como la sacarina, el neotame, el ciclamato monosódico y Acesulfame K se ha comprobado que tienen efectos en la salud y algunos se encuentran prohibidos en algún país (aun con las declaraciones de la misma FDA acerca de sus efectos cancerígenos, se siguen utilizando). (M.S. Ruth Winter, “A Consumer´s Dictionary of Food Additives”, Three River´s Press, USA. 2004. Pp:50, 174, 360, 446).
3.En edulcorantes como Aspartame y Sucralosa no hay datos disponibles sobre las consecuencias del consumo a largo plazo, sobre todo en niños. (Dr. Juan Rivera y cols, “Consumo de bebidas para una vida saludable: recomendaciones para la población mexicana”; Salud Pública Mex 2008;50:172-194). Lo anterior debe llevar a la aplicación del principio precautorio.
4.Se sabe que el aspartame reduce la acidez de la orina, por lo tanto hace más susceptible al tracto gastrointestinal a padecer infecciones. También, antes de entrar al mercado, en varios estudios se observaron daños neuronales, especialmente en pacientes con fenilcetunuria. No es recomendable en mujeres embarazadas y niños menores de 7 años. La fenilalanina es un precursor de la tirosina, la cual está involucrada en el metabolismo. Un consumo excesivo de la misma podría provocar problemas a nivel metabólico, es por ello también que en niños no se recomienda. Algunos otros efectos secundarios que se han relacionado al consumo de aspartame son dolores de cabeza, mareos, nauseas, fatiga, problemas para dormir, cansancio, migrañas, depresión.
5.La FDA aprobó la Sucralosa (splenda), sin embargo en reportes previos a su aprobación se observó disminución en timo en animales y algunos reportes de mutagenicidad (M.S. Ruth Winter, “A Consumer´s Dictionary of Food Additives”, Three River´s Press, USA. 2004. Pp:485)
6.El slogan de Splenda es que “Viene del azúcar, así que sabe como azúcar”, sin embargo esto es lo que se le hace a la molécula del azúcar: se le trata con cloruro de tritilo, anhídrido acético, clorina hidrogenada, cloruro de tionilo y metanol, en presencia de dimetilformamida, 4-metilmorfolina, tolueno, metil isobutil cetona, ácido acético, cloruro de benziltrietilamonio, metóxido de sodio; los cuales no tienen absolutamente nada que ver con el azúcar. (Dr. Joseph Mercola, “Sweet Deception”, Nelson Books, USA. 2006. Pp:73).
7.La literatura científica no llega a conclusiones respecto a los riesgos o inocuidad de los edulcorantes no calóricos. La FDA ha argumentado que no presentan efectos toxicológicos o carcinogénicos, sin embargo no cuenta con estudios a mediano y largo plazo al respecto, y menos aún sobre otro tipo de impactos en la salud.

Conclusión
NO sería congruente (basándonos en evidencia científica) permitir que alimentos y bebidas con edulcorantes no calóricos fueran servidos y/o vendidos al interior de los planteles escolares. Se requieren estudios longitudinales con muestras significativas y que se logre un consenso de la comunidad científica, mismo que NO hay en la actualidad. Sería de enorme irresponsabilidad que esta comisión recomendara la aceptación de los edulcorantes no calóricos para el consumo de los escolares. Es una obligación aplicar el principio precautorio al respecto.