Atenta contra la salud, nuevo etiquetado de ConMéxico

7 septiembre, 2012 | : Etiquetado de productos, Salud nutricional

7 septiembre 2012. A pesar de haber sido reprobado por el Instituto Nacional de Salud Pública (INSP) y denunciado ante Cofepris (Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios) por El Poder del Consumidor (EPC), ConMéxico1 ha empezado a promocionar su etiquetado a través de medios de comunicación a escala nacional, continuando y ampliando la violación que ha venido cometiendo contra la normatividad existente que prohíbe el engaño en el etiquetado de alimentos y bebidas.

“No valen 400,000 muertos por diabetes en este sexenio, más de 70,000 en el último año, para que Cofepris y la Secretaría de Salud sancionen a las empresas, que a través de su etiquetado inducen a los consumidores a una ingesta mayor de azúcar, engañándolos, haciéndoles creer que sus productos tienen bajas concentraciones, cuando en realidad exceden los máximos tolerables para todo un día” señaló Alejandro Calvillo, nuestro director en EPC.

En 2011, el INSP publicó el estudio “Revisión del etiquetado frontal: análisis de las Guías Diarias de Alimentación (GDA) y su comprensión por estudiantes de nutrición en México”, coordinado por el doctor Simón Barquera. El estudio señala que los valores utilizados en este etiquetado: “no están basados en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, los valores mexicanos o los del Instituto de Medicina de los Estados Unidos, por lo que no se recomienda su utilización en políticas de salud pública ni para metas de consumo individual”.

El estudio coordinado por el Director del Área de Investigaciones en Políticas y Programas de Nutrición del INSP encontró que entre 122 estudiantes de nutrición “sólo el 1.8 % respondió correctamente a las tres preguntas que evaluaban el contenido de energía, azúcares y el máximo de productos que podían consumir para cumplir con el máximo de azúcares recomendado”. El estudio destaca que el mayor problema se presenta con los valores que este etiquetado establece para el consumo de azúcar, haciendo pensar al consumidor que está consumiendo un producto bajo en azúcar cuando se trata de lo contrario.

El 9 de enero de 2012, presentamos una denuncia contra este etiquetado ante el comisionado de Cofepris, Mikel Arriola, por violación de la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados -Información comercial y sanitaria. En el punto 4, Especificaciones, Requisitos generales del etiquetado, se establece:

4.1.1 La información contenida en las etiquetas de los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados debe ser veraz y describirse y presentarse de forma tal que no induzca a error al consumidor con respecto a la naturaleza y características del producto.

El Comisionado Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios, Mikel Arriola, no ha dado repuesta a esta denuncia y, al contrario, ha defendido la autorregulación de las empresas de alimentos y bebidas, a pesar de contar con el estudio realizado por el INSP.

Utilizamos de ejemplo del engaño el etiquetado de un envase de Coca-Cola de 600 mililitros:

1. En primer lugar, la información que brinda Coca-Cola, como parte de este nuevo etiquetado, es de una porción de 200 ml, a pesar de que la botella es de 600 ml, como si el consumidor fuera a beber esta botella de manera prorrateada a lo largo de tres días. La realidad es que el consumidor se la bebe en un solo día.

2. En el etiquetado de Coca-Cola se “informa” que el porcentaje que presenta de azúcares es del 17% del requerimiento diario y el de calorías del 4%. Al tratarse de azúcares añadidos, el porcentaje establecido en azúcares y calorías debería estar relacionado con el consumo máximo tolerable al día de azúcar añadido referido por la Organización Mundial de la Salud (OMS) de 200 kilocalorías.

Si se brinda información veraz al consumidor, con la ración completa de la botella, que se bebe en un día (600 ml), y los porcentajes de azúcar se establecen en relación directa a los máximos tolerables para la OMS, el etiquetado de la Coca-Cola de 600 ml tendría que informar de la siguiente manera:

A. Información como aparece en el envase:

B. Información como debería aparecer en el envase:

* De acuerdo a lo máximo tolerado (200 calorías) de ingesta de azúcar añadida para un adulto que establece la Organización Mundial de la Salud.

“Tomamos el ejemplo de Coca-Cola porque los mexicanos somos los mayores consumidores de refrescos y Coca-Cola en el mundo y porque el alto consumo de estas bebidas aumenta el riesgo de sobrepeso, obesidad y diabetes, en un país agobiado por estos males”, señaló Xaviera Cabada, nuestra Coordinadora del Área de Salud Alimentaria en EPC. “El hecho de que continué este etiquetado es una muestra más del contubernio entre las autoridades de Cofepris y Secretaría de Salud con ConMéxico”, agregó Alejandro Calvillo.

_______________________________

1 ConMéxico agrupa a 44 empresas, de éstas 18 utilizan el etiquetado GDA, entre ellas: Pepsico, Barcel, Bimbo ,Coca-Cola, Kellogg´s, Nestlé, Unilever, Ferrero.

Notas relacionadas

Regulación o autorregulación: política pública o privada > leer

Salud y el conflicto de interés > leer

Fracasa estrategia federal para combatir obesidad > leer

El fin de la Cajita Feliz > leer

Sólo en México pasa esto: Philip James > leer