Cofepris descalifica a la OMS, para justificar su ineficiencia

30 octubre 2012. En septiembre de 2011, la Organización Mundial de la Salud (OMS) dio a conocer su base de datos del Observatorio Mundial de la Salud, el cual incluye un extenso capítulo sobre salud ambiental y dentro de él un apartado específico acerca de muertes relacionadas con la contaminación del aire en las zonas urbanas. Este observatorio atribuye a esa causa, con el dato más reciente disponible (2008), la muerte anual de 14,734 mexicanos.

Este dato expresaba un incremento de 58% sobre la cifra oficial anterior, que era de 9,300 decesos al año. (La base de datos se puede consultar en: http://apps.who.int/gho/data/?vid=34300).

Esto viene a colación porque, para sorpresa de propios y extraños, el 22 de octubre de 2012 la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), brazo regulador de la Secretaría de Salud, emitió un comunicado donde prácticamente descalifica la información de la OMS en un pueril intento de excusarse por el rezago en que mantiene las normas mexicanas de salud ambiental.

Este comunicado oficial pretendía acallar la petición que ese día realizaba un grupo de organizaciones civiles, las cuales –con información de la OMS y de estudios especializados– demandaba que la Comisión no retrasara más su compromiso de actualizar las normas relacionadas con micropartículas y ozono en el aire, a fin de proteger en forma efectiva la salud de los mexicanos.

En respuesta, la Cofepris afirmó: “Totalmente falso, que la supuesta desactualización de normas esté provocando miles de muertes prematuras cada año”.

En principio, conviene citar lo que señala la propia OMS en su estimación de daños: “La evidencia de estudios epidemiológicos ha demostrado que la exposición a la contaminación del aire en zonas urbanas está relacionada, entre otras cosas, con tres enfermedades importantes tomadas en cuenta en este estimado: a) infecciones respiratorias en niños (menores de 5 años de edad), b) enfermedades cardiopulmonares en adultos (mayores de 30 años de edad), y c) cáncer de pulmón en adultos (mayores de 30 años)”.

Asimismo, en el sitio web oficial de la OMS hay una explicación amplia sobre el tema que inicia diciendo:

La contaminación atmosférica constituye un riesgo medioambiental para la salud y se estima que causa alrededor de dos millones de muertes prematuras al año en todo el mundo. Cuanto menor sea la contaminación atmosférica de una ciudad, mejor será la salud respiratoria (a corto y largo plazo) y cardiovascular de su población” (http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs313/es/).

Pese a lo anterior y en un claro intento por desviar la atención pública sobre este tema, la Cofepris afirma en su comunicado: “En nuestro país NO existen certificados de defunción en los cuales se consigne que la causa de muerte es un evento por contaminación ambiental”.

Con tales afirmaciones, esta dependencia descalifica la información de la OMS y renuncia a su misión (“Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados… por su exposición a factores ambientales”), todo con el propósito de justificar el rezago en que mantiene las normas mexicanas de salud ambiental.

La Ley Federal sobre Metrología y Normalización establece claramente que las normas mexicanas deben ser actualizadas cada cinco años, o antes si surgiera información que planteara esta necesidad. La norma de ozono fue revisada por última vez en 2002 y la de micropartículas en 2005, lo cual indica que la Cofepris ha infringido dicha Ley por el simple hecho de no cumplir en tiempo con su obligación normativa.

Peor aún es la laxitud que mantienen estas normas, pues envían un mensaje de presunta limpieza en el aire cuando casi a diario la población urbana absorbe bocanadas de aire nocivo para su salud.

En los estándares actuales, se considera que la calidad del aire es “mala” cuando rebasa los 100 puntos Imeca, sin embargo, desde 2005 la OMS recomendó límites máximos para los contaminantes atmosféricos que están por debajo de la equivalencia a 100 puntos Imeca. Los estándares de la OMS corresponden a 45 puntos Imeca en el caso de ozono y a 42 puntos Imeca en el caso de las partículas menores a 10 micras, o PM10, parámetros que hoy aparecen en el rango de “buena” calidad del aire y que son cotidianamente rebasados en las ciudades de México que realizan monitoreo atmosférico.

Este hecho y el indicador de mortandad asociada a la contaminación del aire deberían haber generado una respuesta expedita de la Cofepris, pero no ha sido así. Aunque publicó en el Diario Oficial (15 agosto 2012) su intención de actualizar las normas de ozono y micropartículas entre junio y diciembre de 2012, tres meses después respondió al IFAI: “En esta Comisión no se ha iniciado ningún grupo de trabajo al respecto”.

Una posible explicación, sería que los funcionarios están dilatando el proceso para jugar sus cartas en la sucesión presidencial. Por ahora, ya están hablando de ampliar el periodo “al menos” a 280 días, quizá para ofrecer al nuevo gobierno federal la opción de anular o congelar cualquier decisión al respecto.

Mientras tanto, los mexicanos seguiremos fumando un aire que nos dicen que está limpio y, en promedio, una persona seguirá muriendo en forma prematura cada 35 minutos por enfermedades asociadas a la pésima calidad del aire.

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Artículo de Alejandro Calvillo, Director de El Poder del Consumidor, con la colaboración de Gerardo Moncada, publicado en EmeEquis > ir

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