La Alianza por la Salud Alimentaria —de la que somos parte— se congratula de la revocación a la suspensión de la norma de etiquetado

Etiquetado de advertencia en comida chatarra y bebidas azucaradas

  • La decisión del tribunal reconoce que el proceso de modificación de la NOM-051 de etiquetado se apegó a la legislación establecida.

7 marzo, 2020. La Alianza por la Salud Alimentaria —de la que somos parte— se congratula de la decisión unánime del tribunal colegiado que revoca la suspensión del amparo contra la NOM-051 de etiquetado, pues reconoce que el proceso de esta norma se apegó a la legislación establecida.

De acuerdo con la Secretaría de Economía, el 21 Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa revocó por unanimidad la suspensión dictada a favor de la Confederación de Cámaras Industriales de México (Concamin) en contra la NOM-051.

Alejandro Calvillo, director de El Poder del Consumidor —organización integrante de la Alianza por la Salud Alimentaria—, declaró que “la gran industria de las bebidas endulzadas y productos comestibles ultraprocesados se acostumbró a dictar las normas y no ha soportado un proceso democrático y transparente apegado a la legislación en el cual no tuvo mayoría. Esta decisión respalda una política urgente, que debe ser acompañada de otras medidas para lograr frenar las emergencias epidemiológicas de obesidad y diabetes.”

El pasado 1 de marzo se anunció la suspensión provisional de la NOM-051 en respuesta al amparo promovido por la Concamin en contra de esta norma. Hecho que reprobaron a través de diversos posicionamientos Secretarías de Estado como la de Salud, Educación Pública y la del Medio Ambiente y Recursos Naturales. Además del Consejo Nacional para la Ciencia y la Tecnología (Conacyt), las agencias de Naciones Unidas como Unicef, FAO, OPS/OMS, el Instituto Nacional de Salud Pública, la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, la academia, y la sociedad civil, quienes hicieron un llamado al Poder Judicial para proteger los derechos de los ciudadanos y el interés superior de la infancia frente a los intereses comerciales y económicos.

“La decisión del Tribunal de revocar la suspensión provisional no sólo protege el derecho a la salud de las personas frente a los intereses de las industrias, también refuerza lo que desde la sociedad civil y la academia se ha mencionado: por primera vez tenemos un proceso democrático y basado en evidencia científica y la industria utilizará cualquier mecanismo para bloquearlo. Esto refleja cómo antepondrán siempre sus intereses frente al derecho a la información, a la salud y a la alimentación de las personas. En este caso, el Poder Judicial ha garantizado los derechos de las personas con su decisión”, señaló Javier Zúñiga, coordinador del área legal en El Poder del Consumidor.

La Alianza por la Salud Alimentaria recuerda que el etiquetado frontal de advertencia es una política pública que en conjunto con otras como la regulación de la publicidad de comida chatarra y bebidas azucaradas dirigida a la infancia, la regulación de los alimentos y bebidas en las escuelas, los impuestos especiales a bebidas azucaradas, así como el fortalecimiento de la producción de alimentos del campo, la protección a la lactancia materna y el rescate de nuestra alimentación tradicional, deben formar parte de una política integral de combate a las emergencias epidemiológicas de obesidad y diabetes en México.

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