La Suprema Corte de Justicia de la Nación discutirá amparos de la industria de alimentos y bebidas contra el etiquetado de advertencia en México, reconocido por organismos de Naciones Unidas

Logotipo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)

  • La Suprema Corte de Justicia de la Nación se prepara para discutir tres amparos presentados por Santa Clara (Femsa Coca-Cola), Herdez, Nutrisa y la embotelladora Desde el corazón del fruto, con los que buscan la eliminación del etiquetado frontal de advertencia.
  • En dichos amparos, estas empresas buscan hacer prevalecer sus intereses comerciales sobre el derecho a la información y la salud.
  • El etiquetado frontal de advertencia está sostenido en obligaciones internacionales de derechos humanos, específicamente el derecho a la alimentación y el derecho a la salud.

3 abril, 2024. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se prepara para discutir la siguiente semana tres amparos presentados por diversas empresas de productos ultraprocesados y bebidas azucaradas, por medio de los cuales demandan que se elimine el etiquetado frontal de advertencia. Este proceso de amparos lleva casi 2 años en la Corte y se espera que en esta ocasión puedan ser resueltos de forma favorable al etiquetado.

Expertos de organizaciones de la sociedad civil afirman que la oposición de la industria alimentaria frente a la implementación y mantenimiento del etiquetado frontal de advertencia ha sido una constante desde su aprobación, como lo ha sido contra toda política de salud pública que afecta sus intereses, como la regulación de su publicidad dirigida a la infancia y la presencia de sus productos en las escuelas.

Los especialistas coinciden en que este tipo de acciones de interferencia de la industria afectan al derecho a la salud, al derecho a la alimentación y al derecho a la información, por lo cual llaman a ministros y ministras de la SCJN a proteger estos derechos de la población mexicana.

La política de etiquetados claros, adoptada desde 2020, tiene como objetivo abordar los crecientes problemas de salud pública relacionados con la obesidad y enfermedades crónicas, proporcionando a las y los consumidores información clara y accesible sobre los contenidos nutricionales y los posibles riesgos para la salud causados por el consumo de productos ultraprocesados y bebidas azucaradas.

Los amparos, que serán discutidos por la Suprema Corte, han sido presentados por empresas del sector de alimentos y bebidas, quienes argumentan que la política de etiquetado claro impuesta por el gobierno es excesiva y viola su libertad comercial. En esta ocasión, las empresas que presentaron las demandas fueron Santa Clara ―subsidiaria de Femsa Coca-Cola―, Herdez, Nutrisa y la embotelladora Desde el corazón del fruto.

Dichas empresas han argumentado que el etiquetado viola sus derechos y que no es eficiente. Sin embargo, la evidencia demuestra lo contrario. De acuerdo con estudios del Instituto Nacional de Salud Pública (INSP), el etiquetado frontal de advertencia es una estrategia costo-efectiva para disminuir el consumo de nutrientes críticos que contribuyen al desarrollo de enfermedades crónicas no transmisibles que son la principal causa de enfermedad y muerte en México.1

Además, según un reporte de las mismas empresas, a tan sólo pocos meses de su entrada en vigor en octubre del 2020, el 56% de sus productos habían sido reformulados reduciendo en la formulación de sus productos estos ingredientes críticos. Ninguna política había logrado esto.

Por su parte, estudios en desarrollo por parte del INSP han encontrado que los resultados relacionados con el apoyo, la comprensión, el uso y el impacto percibido del etiquetado de advertencia en México son favorables,2 mientras que datos de la Ensanut 2021 confirmaron que el etiquetado frontal es el elemento de los empaques más consultado por la población mexicana, y que 75% de la población nacional considera que esta medida es de gran utilidad para conocer el contenido de nutrimentos críticos de los productos y 79.2% de las personas encuestadas respondieron que no le darían productos con sellos a niñas y niños.3

En respuesta a estos amparos, especialistas legales de El Poder del Consumidor —organización integrante de la Alianza por la Salud Alimentaria— sostienen que la política de etiquetado claro es una medida vital para proteger a los consumidores, quienes tienen derecho a tomar decisiones informadas sobre su alimentación, salud y estilo de vida.

Por su parte, diversas organizaciones nacionales e internacionales han enviado más de 35 amicus curiae para mostrar su apoyo al etiquetado, incluyendo cartas de Michael Fakhri y Tlaleng Mofokeng, relatores del derecho a la alimentación y a la salud, así como grupo de trabajo sobre la cuestión de los derechos humanos y las empresas, respectivamente, de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), y la Unicef, el Centro de Investigación en Nutrición y Salud (CINyS), el Global Health Advocacy Incubator (GHAI), la Universidad de los Andes, el Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (Dejusticia), el O’Neill Global Center for Legal Innovation on Food Environments de la Universidad de Georgetown, la Alianza por la Salud Alimentaria, la International Advisory Board for the Mexican Nutrient Profile and Front of Package Labeling System, Rudd Center, Consumers International, World Public Health Nutrition Association, entre muchas otras.

A estas posturas se suman las de otros abogados, como Adriana Torres, de la organización Dejusticia, quien afirmó que “el etiquetado [frontal] de advertencia está sostenido en obligaciones internacionales de derechos humanos, específicamente el derecho a la alimentación y el derecho a la salud.”

Después de analizar en profundidad el caso, los tres proyectos de sentencia elaborados por ministros de la Segunda Sala niegan el amparo a las empresas y dan sustento constitucional al etiquetado, hecho que permite esperar el respaldo del pleno de la SCJN a los mismo. De concederse los amparos a estas empresas se estaría teniendo un grave retroceso en la protección al derecho a la salud y la información de la población mexicana. Organizaciones integrantes de la Alianza por la Salud Alimentaria recuerdan a las y los ministros de la Corte que estarán atentos de su determinación, así como de los movimientos de la industria que busca cabildear por sus intereses dentro de esta instancia.

 
Nota: Parte de la abundante evidencia presentada a los ministros dela SCJN sobre el valor del etiquetado frontal de advertencia se ha hecho pública y puede consultarse en: https://etiquetadosclaros.org/defensa-legal/. En este sitio se incluyen las cartas de los relatores de Naciones Unidas por el derecho a la alimentación, por el derecho a la salud, por los derechos culturales, del grupo de trabajo sobre la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas de Naciones Unidas, de organismos nacionales e internacionales, además de OMS-OPS y Unicef, entre diversos amicus curiae y los testimonios videograbados de diversos expertos.

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1 Vargas-Meza, J., Jaúregui, A., Pacheco Miranda, S., Contreras-Manzano, A., y Barquera, S. «Front-of-pack nutritional labels: Understanding by low- and middle-income Mexican consumers.» Plos ONE 14, no. 11 (2019): e0225268. https://doi.org/10.1371/journal.pone.0225268.

2 Batis, Carolina, Tania C. Aburto, Lilia S. Pedraza, Erick Angulo, Zugey Hernández, Alejandra Jáuregui, Lindsey Smith Taillie, Juan A. Rivera, y Simón Barquera. «Self-reported reactions to the front-of-package warning labelling in Mexico among parents of school-aged children.» 2023. doi: https://doi.org/10.1101/2023.07.26.23293213

3 Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (Ensanut) 2021 sobre covid-19. Resultados nacionales. Instituto Nacional de Salud Pública (INSP).

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Relatoría de los amparos en contra del etiquetado de advertencia > descargar (PDF, 388 Kb)

Boletín de prensa > descargar (PDF, 705 Kb)

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